AI Act: qué cambia el 2 de agosto de 2026 (y qué no) para tu empresa
Si en los últimos días has visto titulares hablando de multas de 35 millones de euros por usar ChatGPT, respira. La ley europea de inteligencia artificial, el AI Act, ha entrado en una nueva fase el 2 de agosto de 2026, pero lo que obliga de verdad a la inmensa mayoría de pymes es bastante más concreto, y bastante más manejable, de lo que sugiere el ruido mediático.
En YMANT llevamos semanas recibiendo la misma pregunta de clientes con web, chatbot o herramientas de IA en el día a día: «¿tengo que cambiar algo?». La respuesta corta es sí, pero probablemente menos de lo que temes. La respuesta larga es este artículo.
Primero, la aclaración importante: el AI Act no «entra en vigor» ahora
El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, entró en vigor el 1 de agosto de 2024. Lo que ocurre el 2 de agosto de 2026 es que empieza a aplicarse buena parte de lo que quedaba pendiente; en concreto, las obligaciones de transparencia del artículo 50. Son las que afectan a cualquier empresa con un chatbot, un asistente virtual o contenido generado con IA en su web o redes sociales.
Además, el 27 de julio de 2026 entró en vigor el Reglamento (UE) 2026/1744, el llamado «Ómnibus digital sobre IA», que ha aplazado una parte importante del calendario original. Aquí es donde nace la confusión: mucha gente lo ha interpretado como «se ha aplazado todo». No es así. Lo que se aplaza es la parte de IA de alto riesgo. La transparencia empieza a exigirse este agosto; las prohibiciones y las sanciones ya venían aplicándose desde 2025.
Qué obliga desde el 2 de agosto de 2026
Estas son las obligaciones del artículo 50 que probablemente te afecten:
1. Avisar cuando alguien habla con una IA. Si tu empresa tiene un chatbot de atención al cliente, un asistente virtual, un agente conversacional por voz o cualquier sistema que interactúe directamente con personas, el usuario debe saber que está hablando con una máquina. Basta con un aviso claro al inicio de la conversación, del tipo: «Estás interactuando con un asistente basado en inteligencia artificial». No hace falta si es evidente por el contexto, pero ante la duda, mejor avisar.
2. Etiquetar deepfakes. Si publicas o difundes contenido (imagen, audio o vídeo) generado o manipulado con IA que se hace pasar por real, tienes que identificarlo claramente como generado artificialmente. Hablamos de una persona diciendo algo que nunca dijo, una voz clonada, un vídeo trucado. Un avatar claramente ficticio en un anuncio no entra en esta categoría; un vídeo hiperrealista que suplanta a una persona real, sí.
3. Identificar ciertos textos generados por IA. Solo aplica a textos sobre asuntos de interés público (política, economía, salud, seguridad, normativa) que se publiquen sin revisión humana. Si usas IA para redactar un primer borrador de un post de blog, una descripción de producto o un email interno, y luego una persona lo revisa y asume la responsabilidad editorial, no tienes que etiquetar nada. Eso sí: la revisión tiene que ser de verdad, no un vistazo rápido para cubrir el expediente.
4. Informar sobre reconocimiento de emociones o categorización biométrica. Si usas sistemas que analizan expresiones faciales, voz o datos biométricos para inferir emociones o clasificar personas, tienes que informar a quienes están expuestos. En el trabajo y en los centros educativos, además, la inferencia de emociones está directamente prohibida desde febrero de 2025, salvo por razones médicas o de seguridad.
5. Marcado técnico del contenido generado. Esta obligación recae principalmente sobre el proveedor de la herramienta generativa (OpenAI, Google, etc.), no sobre quien la usa. Si eres una pyme que usa ChatGPT o Copilot para trabajar, esta parte no es responsabilidad tuya. Un matiz que explica lo que verás estos meses: los sistemas generativos que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 para incorporar este marcado, así que encontrar contenido de herramientas conocidas sin marca no es, de momento, un incumplimiento.
Qué se aplaza y qué sigue en pie
El Ómnibus digital ha aplazado las obligaciones de los sistemas de IA de alto riesgo (selección de personal, evaluación de solvencia, biometría, educación) hasta el 2 de diciembre de 2027, y las de IA integrada en productos regulados, como maquinaria o dispositivos sanitarios, hasta el 2 de agosto de 2028. Si tu empresa usa IA para cribar currículums o evaluar clientes, tienes más margen, pero no cero: conviene ir preparando la documentación desde ya, porque diciembre de 2027 llega antes de lo que parece.
Y hay tres cosas que no se aplazan. Las prohibiciones, que aplican desde febrero de 2025; el Ómnibus les suma dos nuevas, exigibles desde el 2 de diciembre de 2026: la generación de material íntimo no consentido y el material de abuso sexual de menores. La alfabetización en IA de los equipos, también obligatoria desde 2025 (el Ómnibus la reformula, pero no la elimina). Y las sanciones.
¿Proveedor o responsable del despliegue? La pregunta que decide tus obligaciones
No todas las empresas tienen las mismas obligaciones, y no depende del tamaño, sino del papel que juegas:
Proveedor: desarrollas el sistema de IA o lo comercializas bajo tu propia marca.
Responsable del despliegue: usas una herramienta de un tercero dentro de tu actividad.
Ojo con este matiz: si contratas un chatbot de marca blanca y lo publicas bajo tu nombre comercial, puedes convertirte en proveedor sin darte cuenta, con obligaciones que creías cubiertas por el fabricante. Merece la pena revisarlo por contrato.
Las multas, en su contexto real
Las cifras que circulan son ciertas, pero se aplican de forma distinta según la infracción:
- Hasta 35 millones de euros o el 7% de la facturación mundial, para prácticas prohibidas (la categoría más grave, no la que afecta a un chatbot mal etiquetado).
- Hasta 15 millones o el 3%, para el resto de infracciones, incluida la transparencia del artículo 50.
- Hasta 7,5 millones o el 1%, por facilitar información incorrecta a las autoridades.
Para pymes y startups se aplica siempre la cuantía menor de cada tramo, y el importe final depende de la gravedad, el número de personas afectadas y las medidas correctoras adoptadas. No es la lotería de 35 millones que anuncian algunos titulares, pero tampoco es ignorable.
Checklist rápido para esta semana
Si tu empresa tiene web, chatbot o usa IA generativa de forma habitual, esto es lo mínimo razonable a corto plazo:
- Haz un inventario de qué herramientas de IA usa tu empresa (chatbot, generación de contenido, CRM con IA, etc.) y quién es responsable de cada una.
- Revisa si tus asistentes conversacionales muestran un aviso claro de que son IA.
- Define un criterio interno de revisión humana para contenido generado con IA que publiques (blog, redes, textos informativos).
- Comprueba tus contratos con proveedores de IA: quién marca el contenido, quién responde ante una reclamación.
- Deja constancia por escrito de la formación básica que ha recibido tu equipo sobre uso de IA (una instrucción interna breve es suficiente para la mayoría de pymes).
Cómo lo vemos en YMANT
Esto no es (todavía) un proyecto legal enorme para una pyme media. En la mayoría de los casos se resuelve con un inventario, dos o tres avisos visibles bien colocados, un criterio de revisión documentado y una instrucción interna clara. Lo que sí merece la pena es no dejarlo para diciembre: entre el AI Act, el Kit Digital reactivado para IA y ciberseguridad, y una presión regulatoria que solo va a crecer, cuanto antes lo ordenes, menos sustos.
Si quieres que revisemos qué sistemas de IA usa tu empresa y qué te toca hacer exactamente, en YMANT lo convertimos en un diagnóstico breve y sin rodeos.
Este artículo tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Antes de tomar decisiones de cumplimiento, consulta con un profesional del derecho.
Fuentes consultadas:
- Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), EUR-Lex
- Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital sobre IA), DOUE (EUR-Lex)
- «AI Act: qué cambia el 2 de agosto de 2026 y qué deben hacer las empresas», iaregulacion.com
- «Ley de IA para pymes: qué te obliga desde agosto 2026», Addmira